EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop)

SÍNTESIS

En la Unión Europea (UE), alrededor de setenta y cinco millones de personas tienen bajos niveles de cualificación o carecen de ellos, lo que hace que estas personas tengan tres veces más probabilidades de estar desempleados que las altamente cualificadas.

Para ayudarles a desarrollar sus competencias y a encontrar trabajo, la UE ha creado una agencia específica que apoya las políticas de educación y formación profesional de la UE y ayuda a los países de la UE a ponerlas en práctica.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE CEDEFOP?

El objetivo del Cedefop es apoyar a la Comisión Europea en la promoción de la educación y formación profesionales (EFP), y al desarrollo y la aplicación de una política común de EFP mediante su actividad científica y técnica.

El Cedefop trabaja estrechamente con la Comisión, los países de la UE, los empresarios y los sindicatos, así como investigadores y profesionales de la EFP. Les proporciona información actualizada sobre los desarrollos en el ámbito de la EFP así como oportunidades para debatir sobre políticas.

PUNTOS CLAVE

Sus tareas principales son:

  • establecer una documentación relativa a la EFP y contribuir al desarrollo de investigaciones en este campo, proporcionando datos estadísticos y análisis de políticas que ayuden a elaborar políticas en materia de EFP y aumentar la concienciación sobre el valor de esta;
  • difundir información a través de su página web, publicaciones, estudios, conferencias y seminarios;
  • respaldar un enfoque común para reforzar la cooperación de la UE en el desarrollo de políticas sobre EFP;
  • estimular el debate sobre el avance del mercado laboral y la evolución de las necesidades en materia de competencias y cualificaciones.

Trabajo

Cuatro epígrafes principales:

  • 1.

    Análisis de las políticas : tiene como mandato informar sobre cómo avanzan los países de la UE hacia la consecución de los objetivos establecidos de común acuerdo en materia de política y financiación de la EFP.

  • 2.

    Desarrollo de la formación permanente: supervisa y revisa las tendencias y los avances de las políticas relacionadas con la formación permanente (es decir, la formación lo largo de toda la vida). Proporciona datos y análisis a los responsables políticos y ofrece oportunidades para compartir conocimientos e intercambiar mejores prácticas en educación y formación.

  • 3.

    Identificación de las necesidades de competencias: analiza los posibles desequilibrios en el mercado laboral de la UE. Además, investiga las necesidades de cualificaciones y competencias en determinados sectores y busca un enfoque común de la UE para hacer el seguimiento de las necesidades cambiantes de competencias.

  • 4.

    Comprensión de las cualificaciones: contribuye a diseñar instrumentos y principios comunes en la UE sobre educación y formación que ayudan a que las personas desarrollen una carrera y cambien de profesión a cualquier edad. Por ejemplo, difunde información sobre instrumentos de la UE, tales como el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC), el Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET) y Europass.

Redes

El Cedefop trabaja con dos redes principales:

  • ReferNet, una red que facilita información sobre los sistemas y políticas nacionales de educación y formación profesional en los países de la UE, además de Islandia y Noruega.
  • Skillsnet, que reúne investigadores altamente cualificados y expertos de todo el mundo para presentar y debatir métodos de investigación y análisis sobre las necesidades nuevas y cambiantes de competencias.

ANTECEDENTES

El Cedefop es una de las agencias descentralizadas de la UE. Se creó en 1975 y, en 1995, se trasladó de Berlín a Salónica.

En 2015 celebró los cuarenta años de contribución a la EFP en Europa y los veinte años de la sede en Grecia.

Para más información, véase:

ACTO

Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo, de 10 febrero de 1975, por el que se crea un Centro europeo para el desarrollo de la formación profesional

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CEE) no 337/75

16.2.1975

-

DO L 39 de 13.2.1975, pp. 1-4

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CEE) no 1946/93

26.7.1993

-

DO L 181 de 23.7.1993, pp. 11-12

Reglamento (CE) no 1131/94

1.9.1994

-

DO L 127 de 19.5.1994, p. 1

Reglamento (CE) no 251/95

1.3.1995

-

DO L 30 de 9.2.1995, pp. 1-2

Reglamento (CE) no 354/95

1.1.1995

-

DO L 41 de 23.2.1995, p. 1

Reglamento (CE) no 1655/2003

1.10.2003

-

DO L 245 de 29.9.2003, pp. 41-43

Reglamento (CE) no 2051/2004

21.12.2004

-

DO L 355 de 1.12.2004, p. 1-3

ACTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativo a la evaluación externa del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional [COM(2008) 356 final de 13.6.2008]

última actualización 30.09.2015

Top